Informe del INADI para Periodistas

Informe del INADI (*)

Aspectos generales sobre lo vinculado con lo corporal.

Las sociedades contemporáneas otorgan centralidad al aspecto físico y a las problemáticas vinculadas con lo corporal. En la vida moderna asistimos a un culto al cuerpo. Al mismo tiempo, la mirada cobra cada vez mayor relevancia desde el punto de vista sensorial.
Este lugar central de la apariencia y de la mirada hace que el cuerpo sea enjuiciado, sometido a un permanente proceso correctivo, enaltecido o sancionado según se ajuste o no a los parámetros establecidos de la normalidad y a los ideales estéticos impuestos.
La investigadora Paula Sibilia afirma que: … es posible delinear una serie de tendencias hegemónicas, que se podrían resumir en una aparente paradoja. Por un lado, el cuerpo ocupa hoy en día el centro del escenario, inspirando una enorme serie de cuidados y una inédita devoción a las buenas formas y al bienestar corporal. Por otro lado, y al mismo tiempo, el cuerpo humano contemporáneo también se ve incleiblemente aprisionado por un conjunto de creencias y valores que parecen despreciar su condición orgánica y carnal, tales como los “mitos” de la belleza, la delgadez y la juventud eterna.
Mientras se flexibilizan los criterios de normalidad en otros ámbitos como el trabajo y la familia, el uso del tiempo libre o las actividades consideradas apropiadas para cada género, los patrones estéticos con relación al cuerpo se vuelven más rígidos.
El Plan Nacional contra la Discriminación (PNCD), elaborado por el INADI, define la supremacía social y cultural de determinado modelo estético como un racismo de la apariencia, fuertemente atravesado por los criterios de demarcación propios del racismo clásico, que excluye a partir del color de piel y de cualquier otro signo corporal que denote pertenencia social considerada inferior.
Las prácticas discriminatorias basadas en la apariencia y en el estilo de vida son formas discriminatorias mediante las cuales las concepciones del racismo clásico se actualizan, respondiendo a un modelo de normalidad estética e instalando una suerte de racismo estético. En la actualidad, para aquellos que disponen de los medios económicos suficientes, la transformación de los rasgos biológicos resulta una posibilidad innegablemente cierta. Así, los nuevos grupos sociales y sus relaciones jerárquicas –de superioridad e inferioridad– se definen por la aproximación al modelo estético ideal, de acuerdo a sus consumos y a sus posibilidades económicas.
La naturalización de estos preceptos del racismo clásico lleva a que los modelos estéticos impuestos no sean percibidos como tales: El racismo estético se suele manifestar de manera inconsciente entre la población, que no lo percibe como tal. Incluso en sociedades aparentemente igualitarias éste hace acto de presencia bajo múltiples caras, las cuales no son más que el eco de antiguas formas de jerarquización etnosocial.
En este marco socio-cultural de las sociedades modernas, la discriminación por motivos de aspecto y caracteres físicos es parte de la vida cotidiana. En los ámbitos académicos internacionales es muy utilizado el término aspectismo (en inglés: lookism) para referirse a la discriminación por aspecto físico: la vulneración de derechos y exclusión de una persona por no ajustarse a los parámetros hegemónicos de belleza y a los estereotipos sociales ligados a la idea de normalidad y corrección en términos estéticos.
Podemos decir que este modelo estético impuesto en esta época, en nuestra sociedad, se asocia, entre otros caracteres o atributos corporales, a la delgadez y la altura (al aspecto general estilizado), la juventud o –en la adultez– el aspecto joven/sin envejecimiento visible y el color de piel claro.
Algunos ejemplos de prácticas recurrentes en nuestra sociedad que vulneran derechos a partir de cuestiones vinculadas con el aspecto físico: Descalificar a una persona definiéndola a partir de un atributo o rasgo físico que no se ajusta al modelo hegemónico de normalidad-corrección (“el gordo/a”, “el enano/a”, “el rengo/a”, “el negro/a”, etc.) · Excluir a alguien que aspira a un empleo por no responder a un criterio preestablecido de “buena presencia”. · Impedirle a una persona el acceso a un bar o una discoteca por su aspecto o caracteres físicos por ser considerados inadecuados o no acordes al lugar (criterio que, por lo general, hace foco en el color de la piel o en la vestimenta). · Impedirles a las personas que requieren talles grandes el uso de determinadas prendas y marcas al no confeccionar la indumentaria adecuada a su cuerpo.
El modelo de cuerpo bello que se asume como universal no se corresponde con la diversidad que presentan los cuerpos reales. La exigencia que impone este paradigma genera sufrimiento: las personas se encuentran frente a una mirada social que sanciona y reprueba. Se imponen reglas y mandatos en relación con el propio cuerpo, que debe ser controlado y corregido a partir de la adhesión a estilos de vida considerados correctos para acceder a un estatuto de normalidad y a la aprobación social.
La “belleza” es potenciada como valor; el imaginario social la considera una llave del éxito personal. Al mismo tiempo, ese concepto de belleza, constituido por parámetros tan rígidos, resulta inalcanzable: … vemos surgir una serie de reglas y mandatos que limitan la diversidad de experiencias posibles al imponer un modelo universal de “cuerpo perfecto”. Ese estándar corporal que regula el mercado de las apariencias en la sociedad contemporánea es sumamente rígido, por lo cual llega a convertirse en una fuente de sufrimientos para buena parte de la población que no logra ajustarse a esos parámetros.
Es importante enfatizar que se otorga validez universal a los modelos de belleza impuestos cuando, en verdad, las propiedades corporales consideradas legítimas o de referencia son construidas histórica y socialmente. Como ha señalado Pierre Bourdieu, el cuerpo humano es un producto social, modelado o construido en relaciones sociales que lo condicionan.
La discriminación y exclusión por cuestiones estéticas suele estar enmascarada bajo el criterio del gusto o la preferencia, tal como lo explicita el PNCD: “El empresario, el funcionario político, el dueño de un medio de comunicación contratará a gente de distinto color o distinta religión para mostrar su pluralismo. Sin embargo, no se considerará racista por elegir a sus subalternos (sus secretarias, asesores de imagen, publicistas, etc.) de acuerdo a un paradigma de belleza y no a sus cualidades para la labor. Este empleador no se siente racista cuando impone la “buena presencia” como condición de acceso a un empleo”.
La discriminación por aspecto o caracteres físicos es una realidad cotidiana en nuestro país; así lo señaló el Mapa de la Discriminación en Argentina (2006) elaborado por el INADI a partir de una investigación cuantitativa. Este estudio identificó como principales causas de la discriminación sufrida o presenciada en GBA y CABA el nivel socioeconómico –pobreza–, seguido de caracteres físicos como el color de piel y el sobrepeso/obesidad.
A pesar de tratarse de un tipo de discriminación tan naturalizada, en 2011 cerca de un 4% de las denuncias totales recibidas por el INADI giró en torno a la discriminación por caracteres físicos (porcentaje que muestra un leve crecimiento con relación a años anteriores).

(*)  Marco teórico incorporado en el libro “Buenas Prácticas en la Comunicación Pública – Informe para Periodistas” , publicado por el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.

FUENTE: DIARIO NUEVA RIOJA y Periodista Alejandro Hugáz.


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